En sus partes salientes
determina que la prensa escrita podrá cubrir los encuentros oficiales,
autorizándose una (1) sola acreditación por medio, y se autoriza la
acreditación de hasta diez (10) medios por partido (Total 10 personas).
Por el lado de la prensa
oral, la misma podrá cubrir los encuentros oficiales, autorizándose tres (3)
acreditaciones por medio (relator, comentarista y auxiliar técnico). Se
autoriza la acreditación de hasta diez (10) medios por partido (Total 30
personas).
La prensa oral y escrita
únicamente tendrán acceso a un sector de tribuna distinto y debidamente
separado de aquel asignado a las delegaciones de ambos planteles.
La prensa oral con cabinas
de transmisión ya asignadas en cada estadio, por razones sanitarias se les
recomienda e insta a realizar sus funciones desde lugares abiertos y no dentro
de la referida cabina.
Cada medio de prensa oral
y escrito deberá solicitar ante el Club local la acreditación para sus
respectivos periodistas.
Cada periodista acreditado
deberá completar una Declaración Jurada, utilizar tapabocas durante su ingreso,
permanencia y egreso del estadio, exceptuándose a relatores y comentaristas
durante el lapso de la transmisión radial, mantener el distanciamiento social y
el uso de alcohol en gel.
Deberán aceptar ser
sometidos a un control de temperatura con termómetro infrarrojo (en cada puerta
de acceso al estadio deberá haber un puesto de control)
NO podrán ingresar al
estadio ni permanecer en el perímetro exterior al mismo personas con
temperatura superior a 37.4 grados centígrados.
En el caso de fotógrafos,
además de lo anterior, para poder acceder a cumplir su función al campo de
juego deberán presentar, al ingreso al estadio, su constancia de haberse
realizado el test directo para detección de COVID 19 con resultado negativo,
con un mínimo de 48 y 72 hs. de antelación al partido.
La transgresión a lo
dispuesto inhabilitará al responsable para su permanencia y acreditación en las
siguientes tres (3) fechas del campeonato.
Seguidamente dejamos los
enlaces referidos al Boletín citado y a la Declaración Jurada que deberá
presentar cada periodista.
https://www.afa.com.ar/upload/5819%20(19-11-2020)%20Bolet%C3%ADn%20Resoluciones.pdf
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